Qué atenuantes inventarán los diputados sobre el feminicidio

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Por: Oscar Zúñiga

¡Hijo e’ su! No cabe duda que la intención del Gobernador Roberto Sandoval es buena sobre la implantación al Código Penal del delito de feminicidio, pero con esto quedan en entredicho sus asesores y de paso nuestros flamantes diputados que muchos con trabajos tienen estudios de primaria.

Pues adentrarse en el tema del HOMICIDIO no es cualquier cosa, y más cuando los juristas más reconocidos han escrito y publicado lo que a esto se refiere, en lo que se conoce como DERECHO PENAL MEXICANO, por lo tanto, el delito de homicidio ya está tipificado claramente para ambos sexos, por lo que ahora es una distracción mas de nuestro Congreso Nayarita al querer buscarle chichis a las gallinas cuando claramente saben que no tienen.

El homicidio de acuerdo al Maestro Francisco González de la Vega, dice lo siguiente: El delito de homicidio en el derecho moderno consiste en la privación antijurídica de la vida de un ser humano, cualquiera que sea su edad, sexo, raza o condición social.

Por otra parte el maestro Emilio Pardo Aspe afirma lo siguiente: Si el delito consiste en la privación de una vida humana, es forzosa la previa existencia de la misma; el sujeto pasivo del daño de homicidio, a lo menos en la figura completa, consumada, del delito, ha de ser un ser humano vivo, cualquiera que sea su sexo o edad, sus condiciones de vitalidad o sus circunstancias personales.

Aquí habría que hacer ciertas aclaraciones que nos marcan en el Código Penal, pues si se encuentran tipificados otros dos delitos que son PARRICIDIO e INFANTICIDIO, aquí por ejemplo el parricidio es un homicidio agravado por la muerte del ascendiente, mientras que el infanticidio es un homicidio disminuido de penalidad por ser cometido en recién nacido por sus ascendientes.

Aquí hay otro delito que no califica como homicidio y es la muerte del producto de la concepción antes del nacimiento, ni teórica ni prácticamente constituye homicidio, sino la infracción llamada ABORTO.

Tampoco puede ser considerado como homicidio el acto por el cual una persona se cause a sí misma voluntaria o involuntariamente la muerte; el suicidio, aun cuando no se consume, escapa a toda represión penal. Podríamos decir a detalle cuáles son los tipos de homicidios, pero la lista sería bastante larga, pero esto todos los abogados y jueces ya lo conocen, por lo que la pregunta sería, ¿están en condiciones nuestros analfabetas diputados para crear un delito especial que se llame feminicidio?

Pues el señalamiento del Código Penal es muy claro, es para ambos sexos, este término creo que en nuestro país nació a raíz de  las muertas de Ciudad Juárez donde al parecer dicen hubo un asesino serial que terminó con la vida cientos de mujeres, pero aquí en Nayarit podemos decir que han sido estos homicidios casos aislados.

Si aquí llegara a suceder algo parecido a lo que pasó en Ciudad Juárez, quizá se llegara a legislar sobre este tema, pero de seguro sería con gente capacitada conocedora del derecho, no con los levanta dedos que ahora están haciendo la pantomima rasgándose las vestiduras como si de verdad supieran lo que están haciendo, que lástima que como siempre los diputados nos den atole con el dedo.

Total, de una cosa sí estamos seguros, después del paso de los años y de varias bancadas, nunca antes ni de chiste estos burros enzapatados intentaron modificar nuestro destartalado Código Penal de Nayarit, que bueno que ahora a la mejor le dan una leidita para que se den cuenta cómo se maneja una legislación que es para lo que se les paga.

En fin el hilo negro aquí está, y los que plasmaron esto en el Código Penal dicen muy claro, es para cualquier sexo, pero ¡ojo! no con esto crean que estamos en contra de las mujeres, no, simplemente queremos hacerles saber que estos homicidios siempre han sido castigados por la ley, y que en el Centro de Readaptación Social Venustiano Carranza hay muchos homicidas que cometieron estos delitos y actualmente reciben su castigo.

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