Las pensiones continuarán calculándose en 25 salarios mínimos para quienes estén en el modelo de transición de la leyes de 1973 y de 1997.
El director general del IMSS aclaró que la controversia de tesis emitida por la Segunda Sala de la SCJN no es de aplicación obligatoria, “no significa que estemos en un desacato, sino que no aplica al Seguro Social”.