Un probable y verdadero ataque a las Vías Generales de Comunicación

CON PRECAUCIÓN

Por: Sergio Mejía Cano

El 06 de agosto de 2025 sucedió un terrible accidente en la zona urbana de Irapuato, Guanajuato en donde una locomotora aparentemente sin control rodando sola arrolló a varios vehículos en dos cruceros públicos a nivel, respectivamente, en donde por desgracia, hubo pérdidas de vidas de por lo menos seis personas y resultando heridas de gravedad al parecer otras dos; datos de acuerdo a la información que se ha vertido en los medios noticiosos y redes sociales.

Esta locomotora causante de los daños llegó a incrustarse en un tren que iba circulando adelante, por lo que a priori se dijo que dicha máquina ferroviaria se había desprendido de ese tren que alcanzó posteriormente y después de causar los daños antes mencionados. Debido a este lamentable accidente, ese tren que alcanzó la locomotora sola quedó detenido al igual que la misma máquina bloqueando la vía principal, por lo que ya no hubo corriente de tránsito ferroviario por esa vía durante nueve días, pues hasta el día 15 del mismo mes de agosto se movió el tren que, precisamente transportaba tanques con combustible entre otro tipo de carga con dirección hacia Guadalajara, Jalisco.

Según información posterior se dijo que las autoridades estatales no permitieron que se moviera ese tren para asegurar una garantía para los pagos que tendría que hacer la empresa ferroviaria, Ferromex por los daños causados a las víctimas de este accidente.

Y he aquí que para la mayoría, si no es que todos los que hemos estado inmersos en el sistema ferroviario en el país fue lo que nos causó extrañeza el que se haya interrumpido la corriente de tránsito que es el movimiento de trenes sobre una vía principal en una dirección especificada; así que, como es una sola vía principal en esta zona donde ocurrió dicho accidente, fue que se interrumpió el movimiento de trenes quedando detenida mucha mercancía que tendría que llegar a determinado destino ya fuera hacia el norte o el sur.

Sin ver, esta detención del material rodante por parte de las autoridades estatales sobre esa vía principal se puede considerar ilegal y, además, como un verdadero ataque a las vías generales de comunicación; aunque también se podría considerar como una falta de conocimientos jurídicos por parte de las cabezas de la empresa ferroviaria, ya que los vehículos que circulan sobre los rieles tienen preferencia sobre los demás, por lo que toda persona que vaya manejando un vehículo automotriz debe hacer alto total cinco metros antes de llegar a un crucero público a nivel con las vías férreas y no cruzar hasta cerciorarse que no circula ningún vehículo sobre los rieles. Pero más, que la empresa ferroviaria hiciera ver a esas autoridades estatales que la detención del tránsito ferroviario no debe ni puede detenerse bajo ningún motivo ni pretexto.

Antes de que se conformara la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, allá por los años 90 del siglo pasado, en la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC) existía el artículo 135, que se derogó cuando se creó la Ley Reglamentaria. Ese artículo venía transcrito en el Boletín General de Transportes de Ferrocarriles Nacionales de México, porque uno de sus incisos se relacionaba al

movimiento de trenes y, específicamente decía que “Cuando un tren se viera involucrado en algún accidente, al llegar las autoridades el conductor del tren les daría todos los datos y pormenores del accidente, así como los nombres de la tripulación, haciéndole ver a las autoridades que el tren no podía quedar detenido que tenía que seguir su marcha y que posteriormente los miembros de la tripulación involucrados serían llamados a declarar ante el ministerio público federal.

El problema tal vez se haya derivado al derogar ese artículo de la LVGC y probablemente más, porque al parecer todo lo relacionado con los ferrocarriles en el país pasaron a segundo plano, ya que anteriormente había jueces y autoridades de los tres niveles como federal, estatal y municipal que sabían, entendían o de alguna forma estaban inmersos en los reglamentos ferroviarios, así de cómo se tendría que proceder en caso de algún accidente

El Ferrocarril del Pacífico y Nacionales de México tenían un departamento de Servicios Especiales cuyos elementos a los que se les denominaba como agentes especiales, en cuanto ocurría algún accidente ferroviario acudían lo más pronto posible para hacerse cargo de los trámites judiciales y permitiendo que el tren o trenes no se detuvieran, haciéndolos proseguir hacia su destino.

Sea pues. Vale.

 

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